¿Se puede DESPEDIR a una Embarazada?

¿Me pueden despedir estando embarazada?

¿Me pueden despedir por estar embarazada?

NO, no te pueden despedir por embarazo.

El despido por embarazo es discriminatorio y atenta contra tus derechos fundamentales. En este caso la Ley está totalmente de tu parte.

La primera idea que me gustaría que tuvierais clara es que si estás EMBARAZADA tu despido será NULO.

También será nulo tu despido en cualquiera de estas circunstancias:

  • Estás de BAJA por Maternidad
  • En el Periodo de LACTANCIA
  • En caso de RIESGO durante el Embarazo
  • Estás en REDUCCIÓN de Jornada o en Excedencia por Cuidado de Hijos menores de 12 años
  • Trabajadoras que se hayan reincorporado a su puesto de trabajo tras su maternidad y dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento o a la adopción

Ley y despido por embarazo

Un despido en cualquiera de los casos anteriores constituye un atentado contra los derechos fundamentales de la mujer y en consecuencia es NULO.

Así lo establecen los artículos  53.4 y 55.5, ambos del Estatuto de los Trabajadores (ET).

El Tribunal Constitucional en diversas sentencias, entre todas la STC 92/2008, de 21 de Julio, establece que la nulidad del despido de las trabajadoras embarazadas opera de manera automática y objetiva, sin necesidad de que la trabajadora aporte ningún indicio de discriminación.

¿Tengo que demostrar que mi despido ha sido por estar embarazada?

La trabajadora NO está obligada a acreditar indicio alguno que indique que se le ha despedido únicamente por estar embarazada, ni siquiera deberá probar que el empresario tenía conocimiento de su embarazo.

Esto es, NO tendrás que demostrar en ningún caso que te han despedido por estar embarazada.

El despido será nulo en todo caso, y corresponderá a la empresa aportar las pruebas que estime oportunas para convencer al juzgado de que el despido está justificado y se basa en causas absolutamente ajenas a su estado de gestación.

Qué hacer entonces ante un despido por embarazo 

Lo primero busca un buen asesoramiento laboral y luego demanda a tu empresa y reclama que tu despido es nulo.

Excepciones: Cuándo se puede despedir a una embarazada

Pero, aunque es cierto que la trabajadora en estas situaciones está especialmente protegida frente al despido, no es menos cierto que en casos muy concretos, sí te pueden despedir.

Casos en los que está justificado el despido de una trabajadora embarazada

Te podrán despedir únicamente cuando ese despido se deba a causas objetivas y ajenas absolutamente a tu estado.

  1. Por causas disciplinarias
  2. Despido Objetivo o por Causas Económicas

1. Despido Disciplinario Procedente a Embarazada

Durante tu embarazo debes cumplir con tus obligaciones laborales como lo tiene que hacer cualquier otro trabajador.

De no hacerlo, podrían despedirte por causas disciplinarias si tu empresa acredita y justifica un incumplimiento contractual grave y culpable por tu parte.

Si tu empresa te ha despedido por alegando despido disciplinario, puedes informarte en esta página sobre lo que puedes hacer para no perder el dinero de tu indemnización

2. Despido Objetivo o por Causas Económicas 

También pueden despedirte por causas objetivas, como por ejemplo el cierre de la empresa, o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen un despido objetivo individual o colectivo a través de un ERE. Si la empresa demuestra que, estas causas alegadas para tu despido, existen y son reales tu despido podrá declararse procedente.

Es de suma importancia tener esto presente. No por estar embarazada tienes total inmunidad.

RESUMIENDO: Lo que la ley prohíbe es que se despida a una trabajadora que está embarazada, o durante la baja maternal o en el período de lactancia,  riesgo durante el embarazo, en excedencia por cuidado de hijos, con una reducción de jornada por guarda de menores de 12 años, el despido de las trabajadoras que se hayan reincorporado a su puesto de trabajo tras su maternidad y dentro de los 9 meses siguientes al nacimiento o a la adopción o que hayan solicitado la suspensión del contrato de trabajo durante más de un año por maternidad y adopción de hijo menor de 6 años, siendo el único motivo del despido tales circunstancias.

En todos estos casos el despido sería discriminatorio y atentaría contra los derechos fundamentales de la trabajadora y, como hemos dicho, sería declarado nulo.

Qué hacer en casos de despido disciplinario o por causas económicas

En gran parte de los casos, lo que sucede es precisamente esto, es decir que la empresa si te despide alegue causas que no son reales, como faltas de asistencia a tu trabajo o de puntualidad reiteradas, faltas muy graves o causas económicas, pero lo que en realidad tratan de encubrir es un despido discriminatorio basado únicamente en tu embarazo, o en el disfrute de las excedencias y permisos que la ley te otorga.

Por eso, no te conformes nunca con un despido que atente contra tus derechos fundamentales por ser mujer y madre.

En estos casos siempre hay que demandar a la empresa. Son ellos los que tienen que aportar al juzgado las pruebas que demuestren que tu despido es totalmente ajeno a tu embarazo.

No te quedes con dudas

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