Me han despedido y, aunque no lo sabía, estaba embarazada. ¿Es nulo mi despido?

Si estabas embarazada, aunque en ese momento no lo supieses y no pudieses reclamarlo, tu despido es también nulo

Nulidad del despido estando embarazada, si en el momento del despido la trabajadora desconocía su estado de gestación

Cuando te despidieron tú no sabias que estabas embarazada y, por tanto, no pudiste reclamar que era un despido nulo. Poco tiempo después descubres que tu embarazo comenzó antes de la fecha de tu despido. ¿Podrías después reclamar que tu despido fue nulo porque estabas embarazada sin saberlo? Este es el tema de este artículo. Te comentamos además una sentencia muy interesante que dio la razón a la trabajadora que reclamó la nulidad de su despido.

Despido a embarazada sin saberlo la empresa

Son varios los textos que hemos dedicado a hablar el despido de las trabajadoras embarazadas y como decíamos, el despido de una embarazada es siempre calificado como nulo independientemente de que la empresa o el empresario conociesen que la trabajadora estaba embarazada o no.

La ley dice que todo despido de embarazada es nulo

Esta declaración de nulidad, opera por mandato de la ley, es decir porque la ley dice que es así. Es lo que se conoce como nulidad objetiva.

El despido será por lo tanto nulo, debiendo ser el empresario, da igual que no lo supiese, el que tenga que demostrar que el despido de la trabajadora obedece a causas totalmente ajenas a su embarazo.

¿Qué pasa si me despiden sin saber que estaba embarazada?

Pero que sucede, si en el momento del despido, ni siquiera la trabajadora conocía que estaba embarazada. ¿Puede posteriormente pedir la nulidad del despido?

Se declara la nulidad del despido de una trabajadora embarazada, a pesar de haberlo comunicado a la empresa con posterioridad a la demanda de despido

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Os queremos comentar una Sentencia del TSJ de Madrid, dictada recientemente, que resuelve un caso curioso, pero en el que quizás os podáis encontrar alguna de vosotras que cuand0 os despidieron estabais embarazadas sin saberlo.

Se solicita Despido Improcedente en la Papeleta De Conciliación

Este el caso que le sucedió a una trabajadora que fue despedida y que no estando de acuerdo con su despido presentó la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación SMAC de Madrid.

La trabajadora, solicitó en su papeleta de conciliación que el despido fuera declarado improcedente por defectos de forma. No podía pedir nulidad por embarazo porque en ese momento no lo sabía.

Se interpone Demanda por Despido Improcedente

Se celebró el acto de conciliación, no llegando las partes a ningún acuerdo, por lo que la trabajadora tuvo que presentar demanda por despido improcedente ante los juzgados de lo social.

Cuando la despidieron ya estaba embarazada

En principio como decimos esta trabajadora tan solo demandó por defectos de forma en su despido, solicitando que se declarara improcedente, pero al cabo de un tiempo descubre que está embarazada y que dicho embarazo había comenzado antes de la fecha en la que la despidieron.

¿Qué sucede en estos casos? ¿Puede la trabajadora con posterioridad pedir la nulidad del despido?

Se amplía la demanda por nulidad del despido

La trabajadora, antes de celebrarse el juicio, presentó una ampliación de su demanda, solicitando la nulidad del despido en base a su embarazo.

Si tenemos en cuenta que en el momento en el que la despidieron estaba embarazada, aun sin saberlo, se trataría de un despido nulo por mandato de la ley, tal y como hemos dicho al comienzo de este mismo artículo.

En el juicio se declara improcedente pero no despido nulo

Se celebró el juicio, y el Juzgado de lo social dictó sentencia reconociendo únicamente la improcedencia del despido, pero no la nulidad del mismo.

Finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara la nulidad del despido

La trabajadora, no estando conforme con esta sentencia, recurrió en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y este finalmente dio la razón a la trabajadora, declarando su despido como nulo, en base a los siguientes razonamientos:

1. El hecho debatido es si el juzgado puede declarar la nulidad del despido por estar embarazada la trabajadora, cuando ésta ni lo ha alegado en el acto de conciliación previa ni en la demanda inicial.

La trabajadora no sabía que estaba embarazada

2. Se acreditó y quedó demostrado que la trabajadora no conocía su estado de gestación (no sabía que estaba embarazada) hasta después de haber interpuesto la demanda inicial y que fue cuando tuvo conocimiento de su embarazo, cuando presentó un escrito ampliando su demanda y solicitando entonces la nulidad de su despido.

Este hecho, introducía una novedad sustancial en los fundamentos de la pretensión esgrimida en la demanda.

3. El TSJ de Madrid ha dejado claro en su sentencia, que aunque se produce esta novedad sustancial al ampliar la demanda y solicitar la nulidad del despido, esta ampliación se basa en un hecho que no se sabía con anterioridad (el embarazo).

No hay indefensión para la empresa

Por otra parte, se debe tener en cuenta que la parte demandada (la empresa) ha tenido tiempo suficiente para preparar su defensa antes del juicio; por lo tanto no se produce ninguna situación de indefensión para la empresa.

La ampliación de demanda es lícita

4. Entiende además el TSJ de Madrid que tampoco cabe poner oposición a que se haya ampliado la demanda basándose en el hecho de que en el acto de conciliación administrativa no se había debatido sobre la pretensión de la nulidad del despido por embarazo, sino solo por la improcedencia por defectos de forma.

Se debería haber repetido el acto de conciliación

El TSJ, dice en su sentencia que el acto de conciliación administrativo es subsanable y lo que debió haber el juzgado de lo social era pedir la subsanación de dicho acto conciliatorio para que fuera sometido a debate la nulidad del despido. Pero no pidió ninguna subsanación.

CONCLUSIÓN: La Sentencia final: Despido NULO

✓ Es por ello que el TSJ de Madrid declaró el despido como nulo dándole la razón a la trabajadora, en base a su embarazo, condenando a la empresa a readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo y a abonarle los salarios de tramitación correspondientes.

¿Qué consecuencias tiene que el despido sea nulo en vez de improcedente?

Cobrarás ✓ mucha más cantidad de dinero por tu indemnización.

¿Cómo puedo cobrar una indemnización por mi despido, si es nulo?

En principio, un despido nulo no conlleva ninguna indemnización; sus consecuencias, como hemos explicado, son la de cobrar salarios de tramitación y la obligación del empresario de readmitirte a tu puesto.

Sin embargo, por nuestra experiencia de años defendiendo a trabajadoras que son despedidas por el mero hecho de quedarse embarazadas, sabemos que la mayoría de las empresas, en estas circunstancias, lo que quieren es que, en vez de readmitirte, abandones voluntariamente tu trabajo a cambio de una buena cantidad de dinero.

Es por esto que estarán dispuestos a negociar y darte una indemnización mucho mayor de la que te correspondería por despido improcedente.

¿Se puede cobrar, entonces, más indemnización por un despido nulo?

Sí, aquí es donde entra mi labor como abogado laboralista, con gran experiencia en casos como el tuyo y, en negociar y conseguir la máxima cantidad de dinero para ti.


¿Es necesario un abogado para todos estos trámites?

La redacción de este tipo de demandas es compleja, por lo que te aconsejamos que te pongas en manos de un Abogado especialista en laboral y con gran experiencia en defender a trabajadoras despedidas por embarazo.

No te enfrentes tu sola contra sus abogados

Ten en cuenta que la empresa siempre va asesorada y representada por un abogado, por lo que es altamente recomendable que tú cuentes con un abogado también.

A&G, Ayala y González Abogados

Despacho especializado en Derecho Laboral. Llevamos más de 25 años de experiencia profesional representando y defendiendo a mujeres trabajadoras que como tú se han visto en la calle por el mero hecho de querer ser madres.

No te conformes NUNCA con un despido, si estas embarazada, como ya te hemos explicado, la ley te ampara y protege más que a cualquier otro trabajador.

Te ofrecemos una primera consulta absolutamente gratuita y sin ningún compromiso, para que puedas saber  si te podría corresponder una indemnización adicional por despido es discriminatorio.

No lo dudes y consúltanos. Tienes mucho que ganar

✓ La primera cita es totalmente gratuita, como hemos dicho, y sin ningún tipo de compromiso.

✉ Si aun te quedan dudas, pregúntame: soy JULIO González, Abogado Laboralista con despacho en Madrid. CONSULTA Gratuitamente tu caso conmigo ➨

915 91 40 43


NOTICIA RELACIONADA

Declaran despido nulo a una trabajadora que reveló su embarazo tras el trámite de conciliación ↗

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más info sobre Cookies
Privacidad