Permiso de LACTANCIA 2021 del Padre y de la Madre: Cómo Solicitarlo

Permiso de Lactancia del Padre y de la Madre; Cómo Solicitarlo

Derecho del padre y de la madre a disfrutar del permiso de lactancia

El ejercicio del derecho al permiso de lactancia y cómo disfrutarlo es una de las cuestiones que más dudas suscita en los padres.

¿Qué es la lactancia acumulada?
¿Tiene derecho el padre al permiso de lactancia?
¿Me pueden despedir por ejercer mi derecho a la lactancia?

Vamos a tratar de resolver estas y más dudas, que, como padres, nos consultáis con frecuencia, a fin de que sepáis qué alcance tiene el derecho al permiso de lactancia y cómo lo podéis disfrutar.

¿Qué pasa si me despiden y estoy en periodo de lactancia?

MUY IMPORTANTE

Si te han despedido por solicitar el permiso de lactancia o sospechas que van a despedirte por ejercer tu derecho a la lactancia, te recomendamos que vayas directamente a este otro articulo en el que se trata específicamente este problema:

Todo DESPIDO por solicitar o disfrutar del Permiso de Lactancia es Nulo ▷ Reclama. Infórmate aquí →

Ley y Permiso de Lactancia

El padre también puede disfrutar del derecho a la lactancia

Este es un derecho que viene reconocido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores (ET), y que recientemente ha sufrido una importante reforma.

Esta reforma de la que hablamos consiste en que se permite que los DOS progenitores o padres puedan disfrutar del derecho a la lactancia.

¿A qué da derecho el permiso de lactancia?

¿Cuántas horas de lactancia son por ley?

Da derecho a que los trabajadores que hayan sido padres, en supuestos de nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, puedan disfrutar de 1 hora de ausencia del trabajo para cuidar del lactante menor de 9 meses.

¿CÓMO se puede disfrutar de esa hora de lactancia?

De tres maneras distintas:

1. Se puede disfrutar de 1 hora de permiso cada día de trabajo o dividir esta hora en dos fracciones de media hora cada una. Esta modalidad se utiliza cuando la ausencia es EN MEDIO de la jornada laboral.

2. Puedes también optar por reducir tu jornada en media hora al PRINCIPIO o bien al FINAL de la jornada. Es decir, podrías entrar media hora más tarde a trabajar o bien salir media hora antes de tu trabajo.

3. ACUMULAR todas las horas del permiso. Esta es una de las opciones más utilizadas. Es lo que se llama lactancia acumulada.

Lactancia Acumulada

Ahora bien, esta última modalidad de lactancia acumulada tiene que permitirla tu convenio colectivo, y en caso de que no disponga nada, solo podrás tener derecho a la acumulación, si llegas a un acuerdo con tu empresa.

Debes saber si tu convenio permite la lactancia acumulada

No obstante lo dicho, los convenios colectivos podrán regular este asunto y establecer otras formas de disfrutarlo, por lo que primero tienes que ver qué dice tu convenio.

¿Tienes que comunicarlo y PREAVISAR en tu trabajo?

SIEMPRE, salvo fuerza mayor.

¿Con que PLAZO es necesario preavisar a tu empresa?

Debes preavisar a tu empresa que vas a disfrutar de este derecho de lactancia con un mínimo de 15 días de antelación.

Cuidado, porque algunos convenios colectivos también regulan este tema y pueden establecer plazos distintos.

¿Cómo SOLICITAR este permiso de lactancia?

Además te recomendamos que preavises siempre por escrito.

Es mejor preavisar por escrito

Si decidieras acumular todas las horas del permiso de lactancia, o reducir tu jornada deberás indicar en tu escrito, la fecha en la que comiences a disfrutar del mismo y la fecha en la que finaliza el disfrute.

Si trabajas a tiempo PARCIAL, ¿tienes derecho a disfrutar del permiso de lactancia?

El permiso por cuidados del lactante es el MISMO tanto para trabajadores que tengan jornada completa como parcial.

¿QUIÉN puede disfrutar de este permiso?

Lo pueden disfrutar los dos padres o progenitores. Para ello, como es lógico, ambos tienen que estar trabajando.

¿Tiene derecho el PADRE al permiso de lactancia?

SÍ. Tal y como hemos dicho, los dos, tanto el padre como la madre pueden disfrutar de este permiso y NO hay que elegir, pueden hacerlo a la vez.

El permiso de lactancia NO se puede ceder de un progenitor a otro con el fin de que uno de ellos disfrute del doble de tiempo. Es decir que o lo disfrutas o lo pierdes.

¿Tiene la empresa que PAGARTE mientras disfrutas del permiso?

Es un permiso retribuido cuya obligación de pago recae sobre la empresa.

El trabajador tiene derecho a percibir la MISMA retribución económica que si estuviera trabajando.

¿Qué EDAD tiene que tener el menor, para poder disfrutar de este permiso de lactancia?

Se puede disfrutar hasta que el menor cumpla los 9 meses de edad, salvo que tu convenio colectivo te permita disfrutar de más tiempo.

¿Se puede AMPLIAR el permiso de lactancia?

En los casos en que los dos padres o progenitores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá ampliarse hasta que el lactante cumpla 12 meses, salvo que tu convenio colectivo te permita disfrutar de más tiempo

En estos casos se producirá una reducción de la jornada del trabajador y una reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento del lactante de los 9 meses hasta los 12 meses.

Subsidio para cuando se amplíe el permiso de lactancia

Para este ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, se ha creado un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora, en proporción a la reducción que experimente la jornada de los progenitores.

Este subsidio lo podrá cobrar solo uno de los dos padres o progenitores.

¿En los casos de parto, adopción o acogimiento, todos ellos MÚLTIPLES, qué permiso te corresponde?

Tu permiso de lactancia se incrementará proporcionalmente por cada hijo.

¿Quién elige el HORARIO en el que se disfruta este permiso?

El horario en el que se va a disfrutar el permiso de lactancia lo elige la madre o el padre trabajador.

Ahora bien, hay que leer lo que dice el convenio colectivo de aplicación, porque es posible que establezca criterios que se deban seguir a la hora de concretar el horario en el que se pueda disfrutar el permiso de lactancia.

¿Puede la empresa DENEGAR el permiso de lactancia al trabajador?

El permiso de lactancia es un derecho que tiene reconocido legalmente a todo trabajador/a que haya sido padre o madre, por lo tanto la empresa NO puede negarse a dártelo.

Ahora bien, la empresa sí puede oponerse al horario que hayas seleccionado para disfrutarlo, para ello tendrá que alegar razones objetivas, bien sean técnicas u organizativas.

¿Qué hago si la empresa se OPONE al horario que he elegido para disfrutar de mi permiso de lactancia?

RECLAMA tu horario elegido para la lactancia

➨ En este caso, la empresa y el trabajador deberán intentar llegar a un acuerdo, proponiendo horarios alternativos.

➨ Si no se alcanzase ningún acuerdo, el trabajador deberá presentar una demanda ante los juzgados de lo social, a fin de que sea el juez el que determine si está o no justificada la decisión de la empresa de oponerse a la concreción del horario que tú eliges para el disfrute del permiso de lactancia y decidiendo en que horario se va a disfrutar.

➨ Este procedimiento es especial y se resuelve de manera urgente.

➨ La demanda la debes interponer en el plazo de 20 días hábiles desde que la empresa te comunique su disconformidad con el horario que le propones.

NO hace falta presentar papeleta de conciliación.

➨ Contra la sentencia que dicte el juez no cabe recurso alguno, debiendo ambas partes cumplir lo que en ella se ordene.

Si los dos progenitores trabajan en la misma empresa, ¿pueden pedir los dos el permiso de lactancia a la vez?

Podéis pedir disfrutarlo a la vez, pero en estos casos la empresa podrá limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadas, basadas en el funcionamiento de la empresa. La empresa deberá comunicaros esta limitación por escrito.

¿Cómo calcular los días que te corresponden por lactancia ACUMULADA?

A. Hay que mirar el convenio colectivo de aplicación, pues suelen indicar cuántos días te corresponden.

B. Si en tu convenio no dice nada, tienes que contar los días laborables (sin festivos ni vacaciones) desde que te reincorporaste del permiso de maternidad hasta el día anterior a que el lactante cumpla 9 meses. Cada día se corresponde con 1 hora.

Se suma 1 hora por cada día laborable.

El resultado hay que acumularlo en jornada completas de trabajo.

Por EJEMPLO:

Si has sumado 120 horas y tienes una jornada diaria de 8 horas te corresponden 15 días laborables de permiso de lactancia acumulada (120/8=15).

Si tu jornada fuera por ejemplo de 5 horas al día, te corresponderían 25 días laborables de permiso de lactancia (120/5=25).

¿Puedo pedir el permiso de lactancia acumulada juntándolo con las VACACIONES?

Sí. Es muy común que el trabajador que ha sido padre o madre solicite disfrutar de la lactancia de manera acumulada y además lo haga juntándolo con las vacaciones que tiene pendiente de disfrutar, para así poder estar más tiempo ofreciéndole los cuidados necesarios al lactante.

Si lo vas a hacer así, nuestro consejo es que:

1. Lo solicites POR ESCRITO

2. Y que primero disfrutes de la lactancia, y seguido de las vacaciones

✓ Así tendrás derecho a más días de lactancia.

NOTICIA RELACIONADA

La Audiencia Nacional declara el derecho de los trabajadores de un contact center a disfrutar el permiso acumulado de lactancia y seguidamente del permiso de maternidad o paternidad por cuidado de hijo sin que se apliquen descuentos en la nómina.

Avalan juntar el permiso de lactancia acumulada y la excedencia por cuidado de hijo sin descuento salarial ↗

DESPIDO por Permiso de Lactancia

¿Me pueden DESPEDIR por ejercer, como padre o madre, mi derecho a la lactancia?

En el caso de que te despidiesen en periodo de lactancia, o tras lactancia acumulada, estaríamos, casi con toda probabilidad, ante un despido nulo.

De lo anterior se desprende que, tanto para la madre como para el padre, hay una protección contra el despido, siempre que soliciten dicho permiso.

Si te despiden mientras estés ejerciendo tu derecho a la lactancia, dicho despido, en principio y salvo que haya otra razón justificada, sería considerado nulo.

Te recomendamos en este caso que te pongas en contacto, lo antes posible, con un abogado especialista en laboral.

Puedes consultar gratuitamente tu caso conmigo. He solucionado muchos casos de trabajadores/as despedidos por el mero hecho de ejercer su derecho reconocido a la lactancia.

En este otro articulo en el que se trata específicamente este problema:

Todo DESPIDO por solicitar o disfrutar del Permiso de Lactancia es Nulo ▷ Reclama. Infórmate aquí →

Defiende tu Derecho al permiso de lactancia

Esperamos que este artículo haya resuelto las dudas que teníais respecto a cómo ejercitar vuestro derecho de lactancia.

En caso de que vuestra empresa se niegue a otorgaros este permiso de lactancia o no esté de acuerdo  con el horario elegido por vosotros para disfrutarlo, os recomendamos RECLAMAR siempre ante los juzgados de lo social.

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A&G, Ayala y González Abogados; somo un despacho especializado en Derecho Laboral.

Contamos con mas de 20 años de experiencia profesional en la defensa de los derechos de trabajadores/as; especialmente los relacionados con el embarazo, maternidad y lactancia.

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